Asesoramiento jurídico y mercantil
La experiencia que nos aporta más de 30 años en el sector nos ha permitido ampliar nuestros núcleos de actividad para poder cubrir el mayor número posible de necesidades que puedan tener nuestros clientes.
Por ello, nos hemos especializado en el área de asesoría mercantil y jurídica respectiva a las herencias, valoración de bienes, elaboración de liquidación de donaciones, transmisiones patrimoniales, sucesiones, tributos del gobierno de Aragón y contratos de arrendamiento y de préstamo.
Valoración del bien.
Contactar con notaría para preparación de escritura pública, aportando toda la documentación.
Recogida de escrituras.
Liquidación de Donaciones y presentación de Tributos de la Comunidad autónoma.
Elaboración de autoliquidación de plusvalía municipal (si el inmueble está en Zaragoza) y presentación en el correspondiente Ayuntamiento.
Solicitud de certificados de últimas voluntades para determinar si el causante realizó o no testamento. En el mismo acto se pide el certificado de contratos de seguros por si el causante tuviera algún seguro que cubriera la contingencia de fallecimiento.
Si el causante no hizo testamento, se les solicita a los herederos determinada documentación para instar la declaración de herederos abintestato mediante requerimiento notarial.
Solicitud de documentación relativa a los bienes de que sea titular el causante (escrituras públicas de bienes inmuebles, certificados de saldos bancarios, documentación de los vehículos, documentación de armas, de acciones de empresas en las que tenga participación, etc.).
Valoración de los bienes a efectos de saber cuál es el caudal hereditario y una vez valorado, determinar con los herederos como se hacen los repartos, se hacen en proindiviso, si se adjudican bienes concretos, si el cónyuge sobreviviente renuncia al usufructo (no es habitual, pero se hace cuando el patrimonio, tanto del causante como del sobreviviente son muy altos) porque a efectos tributarios puede resultar menos gravoso.
Llevanza de documentación, con sus valoraciones, a Notario para redacción de escritura pública. Antes de concertar cita para firmar en Notaría, comprobación de que la escritura contiene toda la información y que las valoraciones estén correctamente reflejadas.
Una vez firmada la escritura de aceptación de herencia, y transcurridos los días que la notaría necesita para comunicar a distintos organismos, recogida de escrituras para elaborar las liquidaciones de sucesiones pertinentes.
Autoliquidaciones de Sucesiones de todos los herederos y presentación de Tributos de la correspondiente Comunidad autónoma.
Si alguno de los herederos es no residente se hace la autoliquidación a través de la Agencia Estatal de Administración en Madrid.
Liquidación de plusvalía municipal en todos los ayuntamientos en el que el causante tenga bienes inmuebles.
Realizados todos estos trámites, se realizará la correspondiente inscripción de los inmuebles a nombre de los herederos en los correspondientes registros de la propiedad.
Una vez inscritos todos los bienes a nombre de los herederos, se da por finalizado el trabajo con entrega de toda la documentación al cliente para su archivo.
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