La nueva Ley de Familias: permisos y medidas de conciliación laboral.

La nueva Ley de Familias: permisos y medidas de conciliación laboral.
Alejandro Ruiz Ciudad, 13/03/2024

El objetivo de la Ley de Familias, impulsada por el Gobierno en España, es mejorar la conciliación laboral de los trabajadores, reconocer la diversidad de las situaciones familiares y abordar las barreras en la conciliación y crianza familiar.


Para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre la conciliación de la vida familiar y profesional, el RD Ley 7/2023 adopta medidas urgentes.


Permiso de lactancia

El permiso establecido en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores elimina restricciones y se convierte en un derecho para todos los trabajadores. Para nacimientos, adopciones, guarda con multas de adopción o acogimientos, se otorga una hora de ausencia, divisible para el cuidado del lactante hasta los 9 meses. La duración aumenta en casos múltiples.


El disfrute puede ser sustituido por una reducción de media hora en la jornada o acumulada en días completos. Si dos trabajadores solicitan el derecho por el mismo motivo, la empresa debe ofrecer alternativas.


Permiso parental y de cuidado


Se concede un permiso parental intransferible hasta los 8 años del menor, no remunerado. Un permiso retribuido de 5 días atiende a enfermedades o accidentes graves de familiares de segundo grado o convivientes.


Además, hasta 4 días retribuidos están disponibles para urgencias familiares imprevisibles.


Reducción de jornada y teletrabajo


La reducción de jornada se amplía para el cuidado de menores y personas con discapacidad. Se permite solicitar ajustes en la jornada laboral y la modalidad de teletrabajo para conciliar la vida familiar y laboral.


Excedencia


Se otorgan períodos de excedencia para cuidado de hijos, cónyuge o familiares, con reserva de puesto de trabajo y derecho a formación.


Protección laboral


Los trabajadores con permisos de cuidado familiar no pueden ser despedidos sin causa justificada, evitando cualquier forma de discriminación. El despido en estas circunstancias se considera nulo, siempre que no existen motivos de procedencia.


Aviso cookies

Esta página web utiliza cookies propias y de terceros para fines técnicos y analíticos. Para obtener más información al respecto, puedes visitar nuestra Política de Cookies. En caso que pulses el botón de “Aceptar todas”, estarás consintiendo todas las cookies. Asimismo, puedes configurar o rechazar las mismas en nuestro Centro de Configuración de Cookies.

Configurar cookies
Aceptar Todas