¿Cuándo se podrán solicitar el Kit Digital las empresas de 3 a 9 empleados?

¿Cuándo se podrán solicitar el Kit Digital las empresas de 3 a 9 empleados? para autónomos y pymes en zaragoza
Alejandro Ruiz Ciudad, 12/07/2022

Kit Digital para autónomos


Las ayudas del Kit Digital para los autónomos que tienen entre tres y nueve empleados están a la vuelta de la esquina. El Ejecutivo lanzará el próximo mes de julio la segunda convocatoria de estas ayudas para impulsar la digitalización de los pequeños negocios. 


Aunque aún no hay un día específico, sí que se han anunciado las fechas previstas para solicitar las ayudas del Kit Digital para los Segmentos II y III.


Se prevé que las empresas del Segmento II (pequeñas empresas de entre 3 y 9 empleados) puedan comenzar a solicitar su Bono Digital entre junio y julio de 2022.


Mientras que la fecha prevista para las empresas del Segmento III (pequeñas empresas de entre 0 y 2 empleados) será entre septiembre y octubre de 2022.


Cálculo del número de trabajadores.


Para el cálculo del número de trabajadores debe de tener en cuenta los días y las horas cotizadas durante todo el año 2021. (Un trabajador a media jornada cuenta como medio trabajador.)


Si quieres calcular el número de trabajadores deberás acceder a la web de la Seguridad Social y entrar dentro de la sección Sistema RED. Ahí podrá visualizar 'Informe plantilla media de trabajadores en alta' y obtener todos los datos sobre la plantilla media de sus trabajadores en un período determinado.



Requisitos


Aunque hasta el mes que viene no estarán dispuestas las ayudas del Kit Digital para emprendedores con menos de diez de trabajadores a su cargo y, por lo tanto, aún no se conocen exactamente serán los requisitos, se espera que sean muy similares a la primera convocatoria para negocios con más de 10 empleados. "La lista de gastos subvencionables y servicios que se pueden contratar van a ser los mismos.


Sea cual sea el objetivo de la ayuda, en todas ellas hay un requisito que se repite: el autónomo tiene que hallarse al corriente de pago con la Seguridad Social y, a veces, también con Hacienda. Precisamente el hecho de tener deudas con alguna de las dos administraciones ha sido uno de los motivos más frecuentes por los que los trabajadores por cuenta propia no podrán acceder a las líneas de préstamos avalados por el ICO durante la pandemia, otras ayudas o incluso el cese de actividad extraordinaria. Lo que es seguro, aseguraron los expertos consultados por este medio, es que esta condición seguirá vigente tanto el Kit Digital como en futuras bonificaciones.



¿Quién está excluido del Kit Digital?


No podrán ser beneficiarios del Bono Digital:


Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de soluciones de digitalización.


Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.


Los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica



¿Cómo se solicita?


Las pymes y autónomos deben solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado únicamente a través del formulario automatizado que encontrarán habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.


Este formulario también será accesible desde el portal Acelera Pyme y se realizará:


NIF del solicitante.


Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.


Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.


Teléfono y datos de contacto.


En su caso, autorización del representante voluntario.


Los representantes voluntarios deberán aportar junto a la solicitud una autorización de representación voluntaria. Podrán descargarla en la Sede Electrónica de Red.es.


Si hubiera algún error en la solicitud, el Órgano Instructor tendrá la subsanación del mismo mediante notificación electrónica y las pymes y autónomos tendrán un plazo de 10 días hábiles para solventarlo.


Recordar que como paso anterior a la solicitud de las ayudas para mejorar la transformación digital, se realizará una prueba de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes para conocer cómo es el estado de digitalización de la misma y descubrir en qué aspectos debe mejorar. Esta prueba se realiza en la plataforma Acelera Pyme.




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