Operaciones Vinculadas: Definición y Deber de Declaración
Las operaciones vinculadas, objeto de escrutinio especial por parte de Hacienda, representan transacciones comerciales entre personas físicas o jurídicas que mantienen algún vínculo. Con el fin de evitar el fraude fiscal, estas operaciones deben declararse en el Modelo 232. ¿Conoces tus obligaciones al respecto?
Las operaciones vinculadas abarcan transacciones económicas realizadas entre entidades o individuos que poseen alguna conexión entre sí.
Las personas o entidades que se consideran vinculadas son las siguientes:
Obligación de declaración en el modelo 232
Están obligados a presentar y completar información sobre operaciones con personas o entidades vinculadas los contribuyentes del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes, así como entidades con régimen de atribución de rentas en el extranjero que realicen las siguientes operaciones vinculadas:
Excepciones a la Declaración de Operaciones Vinculadas
No se exigirá la declaración para:
Plazos y Forma de Presentación
El plazo de presentación del modelo 232 es anual, y se presenta dentro del mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por ejemplo, las empresas que cierran su ejercicio fiscal el 31 de diciembre lo deberán presentar a lo largo del mes de noviembre.
La presentación debe ser telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, y debe incluir información sobre transacciones vinculadas, activos intangibles y operaciones en paraísos fiscales.
La presentación del modelo 232 puede ser efectuada por los contribuyentes o sus representantes legales de los obligados tributarios con poderes para presentar electrónicamente.
Verificación de Valoraciones por la Agencia Tributaria
La Administración tributaria tiene facultad para comprobar las valoraciones de operaciones vinculadas declaradas. Podrá verificar si dichas transacciones se han valorado por su valor normal de mercado, corrigiendo valoraciones no ajustadas y evaluando las correcciones necesarias, teniendo como referencia la base documental proporcionada y los datos disponibles.
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