Limitación de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.
El Congreso de los Diputados ha aprobado de manera definitiva la ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que incluye medidas como la limitación de los pagos en efectivo a 1.000 euros (anteriormente en los 2.500 euros) o la prohibición de las amnistías fiscales.
Te ofrecemos a continuación un resumen de las medidas más relevantes:
Pagos en efectivo superiores a 1000 euros
Se prohíben los pagos en efectivo superiores a 1000 euros o su valor equivalente en moneda extranjera. Se reduce, por tanto, el límite máximo permitido hasta ahora, que era de 2.500 euros.
No podrán realizarse pagos en efectivo cuando una de las partes actúe como empresario o profesional desde el 11 de julio de 2021.
Los particulares con domicilio fiscal fuera de España también se verán limitados, reduciéndose el límite de pagos en efectivos de los 15.000 € actuales hasta los 10.000 €. Siempre que no actúe como empresario o profesional.
En el caso de operaciones entre particulares, el límite para las transacciones en efectivo se mantiene en los 2.500 euros.
El valor de referencia del Catastro se convertirá en la base imponible de los tributos patrimoniales
El texto contempla una reforma que permitirá que el valor de referencia del catastro sea la referencia para la base imponible de los tributos patrimoniales de los bienes inmuebles, afectaría a los siguientes impuestos:
• Impuesto de Patrimonio sobre inmuebles cuya base imponible haya sido el valor de referencia del catastro.
• Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
• Impuesto de Sucesiones y donaciones.
• Actos Jurídicos Documentados.
Según la nueva Ley, el nuevo valor de referencia no podría ser superior al valor de mercado.
En los 20 primeros días de diciembre, la Dirección General del Catastro publicará en el BOE los valores de referencia de cada inmueble, que podrán consultarse en la Sede Electrónica.
Tributación de las SOCIMI y SICAV
Para las Sociedades de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI) se establece un tipo de tributación del 15 por ciento.
Además, en lo que se refiere a las sociedades de inversión de capital variable (SICAV), se refuerza su control mediante un requisito de inversión mínima de 2.500 euros, o de 12.500 euros en el caso de una sociedad por compartimentos, para los socios que, como mínimo, tienen que ser cien.
Amnistías tributarias
Dado que se entiende que éstas suponen una discriminación hacia los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales. Las amnistías fiscales permiten regularizar patrimonios no declarados en condiciones más ventajosas que si hubieran tributado de manera habitual y normal.
Lista de deudores a la Hacienda Pública
Se amplía por la reducción del límite de deuda que determina la incorporación del deudor al listado que pasa de 1.000.000 de euros a sólo 600.000 euros. Además, el texto legal contempla que en la lista han de incluirse, no sólo los deudores principales, sino también aquellos que se declaren responsables solidarios de la deuda por sus conductas activas o por omisión.
Prohibición de uso y tenencia de software empleado para ocultar ventas.
La norma impide la producción, la tenencia o el uso de sistemas y aplicaciones informáticas de gestión contable que consiguen manipular y falsear la contabilidad de las empresas, con el objetivo de ocultar a ojos de la Administración Tributaria una parte de su facturación y así rebajar la factura fiscal.
La norma exige que los sistemas electrónicos utilizados en la contabilidad o la gestión empresarial se ajusten a unos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de las operaciones.
Lista de paraísos fiscales
Otra medida que se incluye es la revisión de las jurisdicciones integrantes de la lista de paraísos fiscales. La evolución del concepto de paraíso fiscal al de jurisdicción no cooperativa en los foros internacionales OCDE y Consejo de la Unión Europea hace necesario aplicar regulaciones más exigentes y coordinadas internacionalmente.
¿A qué sanciones se enfrentan las empresas por el incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo?
La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento sobre la cantidad pagada en efectivo.
Denuncia de pagos en efectivo
En lo relativo a la denuncia de pagos en efectivo, si una de las partes que intervienen en una operación comercial, cuyo pago en efectivo exceda el límite de los 1.000 euros, denuncia a la otra parte, quedará exenta de responsabilidad, siempre que realice la denuncia dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago efectuado.
• En la denuncia se debe concretar la operación realizada, su importe y la identidad de la otra parte interviniente.
• La denuncia que pudiera presentar con posterioridad la otra parte interviniente se entenderá por no formulada.
• La presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.
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